TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL USO DEL CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE OTORGADO (“MR. PRESTA”)

MR. PRESTA S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R., (en lo sucesivo “MR. PRESTA”), con domicilio en: Torres IOS Campestre, Ave. Ricardo Margain 575, Parque Corporativo Santa Engracia, San Pedro Garza García, Nuevo León, México. C.P. 66267, le da a conocer por este medio los Términos y Condiciones aplicables a la utilización del crédito en cuenta corriente, en adelante (crédito en cuenta corriente adquirido con “MR. PRESTA”).

Los presentes Términos y Condiciones tienen un carácter obligatorio y vinculante para efectos del uso del crédito en cuenta corriente.

CAPÍTULO I
Procedimiento para la disposición del crédito en cuenta corriente adquirido
con “MR. PRESTA”.

Definición

Se denomina “Préstamo” a la cantidad de dinero emitida por “MR. PRESTA” en favor de “EL ACREDITADO” de conformidad con el contrato de adhesión de Crédito en cuenta corriente, cuya obtención se realizará de acuerdo con lo siguiente:

CAPÍTULO II
Generalidades

Estos Términos y Condiciones generan obligaciones y derechos entre “MR. PRESTA” y “el ACREDITADO”, por lo que, al ingresar una solicitud de préstamo de Crédito en cuenta corriente, una vez aprobada y dispersados los recursos en razón del medio de disposición elegido, acepta directamente el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el Contrato de adhesión suscrito. 
 
“MR. PRESTA” podrá requerir el o los pagos faltantes así como las comisiones e intereses generados de conformidad con lo señalado en el Contrato de adhesión. Asimismo, en virtud de lo anterior, “el ACREDITADO” tiene la obligación de leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en los presentes Términos, en el Aviso de Privacidad y en los demás documentos análogos que impliquen una referencia directa o indirecta a los primeros.

Los presentes Términos y condiciones se sujetan a lo establecido en los Términos y Condiciones Generales de Uso que “MR. PRESTA” pone a su disposición en: https://www.mrpresta.com/, salvo que en el presente documento se haga mención a una característica o restricción en específico. En caso de controversia o discrepancia entre estos Términos y los Términos y Condiciones Generales de Uso de “MR. PRESTA”, los primeros prevalecerán.

A través de los presentes Términos y Condiciones, “MR. PRESTA” hace de su conocimiento los medios de disposición del crédito en cuenta corriente y la metodología para dirimir cualquier aclaración, reclamación o cancelación parcial o total que directamente derivan de la obligación contraída entre ambas partes a través del contrato de adhesión cuyo RECA se encuentra señalado en la Carátula del Contrato, liberando a través de la aceptación de los presentes Términos y Condiciones a “MR. PRESTA” de cualquier responsabilidad referente de las afectaciones que surtirán efecto al momento de no seguir las condiciones detalladas en este documento. En el mismo tenor, con la aceptación de estos Términos y Condiciones “el ACREDITADO” acepta que MR. PRESTA no es responsable del resultado por no seguir lo estipulado anteriores.

CAPÍTULO III
Renovación (Refill).

Definición

Se entenderá como renovación, a la oferta recibida por EL ACREDITADO a través de los medios electrónicos del ACREDITANTE o de nuestros socios comerciales, para que éste disponga de una nueva cantidad, actualizándose de esta manera los términos y condiciones, para lo que EL ACREDITADO deberá firmar una nueva SOLICTUD DE DISPOSICIÓN, que formará parte integral del presente contrato.

Procedimiento

EL ACREDITADO al momento de aceptar una oferta de renovación (refil), el saldo insoluto con el que se encuentre actualmente se tomará en cuenta y éste será renovado a un nuevo plazo, el cual incluirá el cálculo de los intereses generados por el nuevo periodo ofrecido y aceptado por EL ACREDITADO.

EL ACREDITADO acepta que dicha renovación generará un saldo disponible, por el que se realizará un nuevo desembolso, el cual se calculará con la diferencia entre la nueva disposición y el saldo pendiente de pago respecto al primer financiamiento.

CAPÍTULO IV
Reestructura.

Definición

Se entiende por Reestructura a la actualización del plazo que otorga EL ACREDITANTE a EL ACREDITADO cuando su contrato se encuentra vencido y con un saldo pendiente por pagar.

Procedimiento

El Acreditante se reserva el derecho de otorgar una extensión de plazo vía un refinanciamiento de forma automática con un costo financiero mensual no mayor a la mitad del descuento establecido en la Carátula dividido por el numero plazo en meses.

CAPÍTULO V
Domiciliación de pagos y Cargos Recurrentes.

EL ACREDITADO autoriza la domiciliación de pagos y Cargos recurrentes como medio para el pago del Crédito, por lo cual deberá firmar el formato de solicitud correspondiente, a través del cual se obliga a mantener recursos suficientes en la cuenta de depósito bancario que en el mismo señale, con la finalidad de que se puedan aplicar los cargos siguientes:
 
1. Al firmar EL ACREDITADO el formato de solicitud correspondiente expresamente instruye y autoriza a EL ACREDITANTE para que le cargue el importe de todas las cantidades adeudadas y no pagadas conforme al último Estado de Cuenta, en cualesquiera y todas las cuentas de depósito de dinero a la vista a cargo del Banco de las cuales sea titular.

2. EL ACREDITANTE podrá llevar a cabo ese cargo en los casos que exista un saldo vencido de más de 90 días y se trate de cargos que no hayan sido objetados en tiempo por el Titular, cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver.

CAPITULO VI
Aceptación de medios electrónicos de autenticación

“EL ACREDITADO” autoriza bajo los presentes términos y condiciones tener acceso a los servicios ofrecidos por “MR. PRESTA” mediante medios electrónicos tales como Biometría.

CAPÍTULO VII
Aclaraciones.

En caso de que EL ACREDITADO tuviese aclaraciones o reclamaciones derivadas del Préstamo, deberá comunicarse a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios, señalada en el apartado III de la Carátula del Contrato.
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